miércoles, 28 de octubre de 2009

Contrato de Agencia Mercantil




El Contrato de Agencia Mercantil, es aquel en virtud del cual una persona llamada agente se encarga de realizar, promover, fomentar y gestionar negocios ajenos, a cambio de una contraprestación. Existen diversos tipos de agencia, entre ellas: de seguros, naviero, de valores, viajes.

El Agente es una persona que actúa de modo independiente, fomentando los negocios de los comerciantes. Consolidándose en un auxiliar independiente del comercio.

Su naturaleza mercantil, recae en el Art. 75 del Código de Comercio.

Cabe destacar que si la agencia tiene un carácter subordinado, será de carácter laboral; en cambio, de ser independiente, la materia será mercantil.

La Agencia concreta, es aquella que es específica, se conoce mercantilmente como "Comisión Mercantil", una especie de actos de comercio.
La Agencia general, se refiere directamente a la Agencia Mercantil a la que nos estamos refiriendo.

1 comentario:

  1. una pregunta porque las agencais no entregan copia de contrato??? yo laboro para shelby

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