Este contrato se define de manera positiva por la Ley de la Propiedad Insdustrial, señalando que existirá franquicia cuando en el contrato de licencia de uso de una marca, se transmitan conocimientos técnicos y lo se preste asistencia técnica, para producir y comercializar bienes y servicios de manera uniforme (mismos métodos, operativos, comerciles, administrativos), para mantener una misma imagen ante el público consumidor, y mantener el prestigio.
miércoles, 28 de octubre de 2009
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