domingo, 13 de septiembre de 2009

Actos Relevantes para el Derecho Mercantil


El Derecho Mercantil, en su jurisdicción, tiene por fuentes del que emana, el Derecho Mercantil Objetivo y el Derecho Mercantil Subjetivo.


El Derecho Mercantil Objetivo, es aquel que se basa en el objeto de estudio, o materia tradicional de estudio. Esto se refiere a que los actos jurídicos sean de naturaleza mercantil; para lo cual se debe especificar de nueva cuenta la característica fundamental del comercio, el tener una teleología o finalidad basada en el lucro.

Desde la normativa jurídica, el Derecho Mercantil Objetivo se encuentra establecido de manera general en el Artículo 75, del Código de Comercio.


El Derecho Mercantil Subjetivo, es aquel que se basa en el sujeto, o las partes que realizan los actos jurídicos; mismos que de acuerdo a sus caracterísiticas personales, ostentan el carácter de comerciante, y por ellos sus acciones adquieren las mismas características, consolidándose en acciones propias del comercio, y por ello del Derecho Mercantil.

Es primordial resaltar el hecho de que para sujeto del Derecho Mercantil, basta con que una de las partes que intervengan en el Acto jurídico tengan la calidad de comerciantes.


De manera posterior clarificares y pondremos a debate lo concerniente a ser un comerciante.

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