jueves, 10 de diciembre de 2009

Contrato de Fideicomiso Mercantil




Es el contrato en virtud del cual una persona que cuenta con bienes le pide a una empesa, y realizar un fin específico con el bien. O bien, como el contrato en virtud del cual el fideicomitente se obliga a transmitir a una institución fiduciaria la propiedad o titularidad de uno o más bienes o derechos, para que estos sean destinados a fines lícitos y determinados, encomendando a la institución la realización de los mismos.
Las partes que intervienen sin el fideicomitente (dueño del bien), beneficiario, empresa fiduciaria (administración del bien).
Se regula por la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Sirva para establecer de manera segura, el cumplimiento de un fin deseado.
En cuanto a su forma, deberá realizarce por escrito, con objeto material en bienes propios, no puede durar más de 50 años, salvo que los fines sean de naturaleza altruista.

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